lunes, 17 de junio de 2013

SINIESTRO TOTAL, VALOR REPARACION,VEHICULO SIMILARES CARACTERISTICAS

El estado de la cuestión debatida de la restitutio in integrum continúa con Sentencias para todos los gustos, con lo que hay que pensarse la viabilidad de la reclamación, dado que con las TASAS JUDICIALES y la necesariedad de PERITO  TASADOR DE DAÑOS MATERIALES se encarece el procedimiento,  a modo de ejemplo 

SP/SENT/713580 AP Ourense, Sec. 2.ª, 59/2013, de 14 de febrero Recurso 28/2013. Ponente: AMPARO LOMO DEL OLMO. EXTRACTOS Se indemnizará por el valor de los vehículos adquiridos, ya que la reparación de los mismos era antieconómica, y los vehículos adquiridos son de similares características
"... No resultando cuestionado en autos que ambos perjudicados adquirieron vehículos de similares características a los siniestrados, por resultar antieconómica la reparación de los mismos, y atendiendo al criterio ya mencionado de la "restitutio in íntegrum", debe acogerse favorablemente la pretensión de los recurrentes, de ser indemnizados en las cantidades abonadas en tal concepto, cantidades que, por otro lado, no resultan desproporcionadas, no cabiendo por tanto apreciar un enriquecimiento injusto. ..."
SP/SENT/709362 AP Barcelona, Sec. 11.ª, 24/2013, de 24 de enero Recurso 1166/2011. Ponente: MARIA DEL MAR ALONSO MARTINEZ. EXTRACTOSLa antigüedad del vehículo siniestrado, la declaración del mismo como siniestro total y la falta de reparación impiden conceder el valor de reparación manteniéndose el valor de mercado de la instancia
"... A la vista del objeto de la apelación y de lo expuesto no procede estimar la apelación, considerando que la suma objeto de estimación en primera instancia responde a los daños irrogados al apelante, pues no puede obviarse de un lado que no consta reparado el coche, lo que considerando que el accidente ocurrió el 26 de diciembre de 2010, y que el mismo fue matriculado en 1.990 , teniendo por tanto una antigüedad de 22 años, hace suponer que no se vaya a optarse por tal decisión. Además debe significarse que dado el valor de reparación del coche , su valor venal y que el resultando del accidente fue de siniestro total , resulta claramente antieconómico su arreglo, no pudiendo hacer pechar a la apelada con el abono, fruto de la única decisión del apelante , en esas condiciones, pudiendo además el arreglo representar un enriquecimiento injusto al suponer una mejora del estado del coche, por mor de la propia reparación ,que no responde a la finalidad de reparar el daño causado , sino que excede de la misma.
Todo ello conduce a considerar que la suma fijada en primera instancia, atendiendo al valor de mercado del turismo, resulta procedente. ..."
SP/SENT/693945 AP Barcelona, Sec. 16.ª, 628/2012, de 26 de septiembre Recurso 477/2011. Ponente: JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO.EXTRACTOSA pesar de la declaración de siniestro total del vehículo de autos se concede el valor de la reparación
"... Teniendo en cuenta las circunstancias expuestas, la sala considera procedente conferir la suma que importó la reparación, pues dicha reparación fue efectivamente realizada y fue pagada, como consta en los documentos aportados, incluidos los acreditativos del pago, así como en la declaración testifical del representante del taller de reparación. Serán 16.951,88 euros, a conferir al señor Ceferino , lo cual debe precisarse, en vez de hacer como hizo la juez de primera instancia, que acordó el pago de una cantidad única a ambos demandantes, sin precisar qué había de pagarse a cada cual, como debió haber hecho. ..."



No hay comentarios: