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lunes, 30 de enero de 2012

DIAS DE BAJA VS MEDICO FORENSE VS TRAMITADORES DE COMPAÑIAS

En el año 2006 ante la disparidad de criterios Médico Forenses, me dedique a estudiar y publicar un artículo CRITERIOS DE VALORACION UTILIZADOS PARA CALCULAR LOS DIAS DE BAJA POR LOS MEDICOS FORENSES: CURACION VERSUS ESTABILIZACION VS CONSOLIDACIONComunicación finalista presentada en el 6º Congreso Nacional de la Asociación. Cáceres 2006 cuyo texto integro esta publicado en http://www.asociacionabogadosrcs.org. Durante estos años además de no perder actualidad dicho artículo, los médicos forenses siguen teniendo sus criterios según cada cual, la evolución ya no sólo judicial sino en tramitación de compañías de seguros pasa por varios criterios, a cual más pintoresco. Unos indicando que no se someten al Informe de Sanidad Forense y ofertan cantidad inferior, otros indicando que no aceptan, según su Perito médico, los días de baja firmados por el Médico y/o Inspector de la seguridad Social; la última tendencia es a ofertan según el tramitador los días de tratamiento efectuados en rehabilitación y certificados por el centro rehabilitador. Cada idea pintoresca choca con la más elemental confrontación a la legislación vigente y aún no derogada TABLA V.Indemnizaciones por incapacidad temporal del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
La indemnización por “incapacidad temporal” consiste en una cantidad que se genera “por los días que tarda ensanar la lesión” , punto segundo, apartado c), del Anexo.

sábado, 17 de abril de 2010

REFORMA BAREMO, LUCRO CESANTE, LATIGAZO CERVICAL

Hace mucho tiempo que los nos dedicamos al derecho del seguro sabemos que las cosas no pasan por casualidad.Los que a finales del año pasado pensaban que la reforma del Baremo era inminente, ya saben que lo más probable es que este año no sale, entre las novedades del Baremo y el incremento previsto que por motivo de la crisis se ha desinflado, son muchos frentes abiertos.Que por reuniones entre Unespa y las asociaciones no quede la cosa.
Entre tanto, las entidades de seguros, cuya labor de contención del gasto en indemnizaciones, ante el incremento del fraude en las reclamaciones, es encomiable, se esfuerzan en articular protocolos de actuación, entre otros ante el LATIGAZO CERVICAL, entre ellos: no indemnizar amistosamente en aquellos casos en que la cuantía de daños materiales del vehículo es leve, la tardanza entre la fecha del accidente y la asistencia a urgencias, la incongruencia de la lesión con el mecanismo del accidente, o siendo congruente es de difícil aparición, todo ello basado en la BIOMECANICA DEL ACCIDENTE cada vez más utilizada y argumentada, con la esperanza que los MEDICOS FORENSES y los JUECES se tomen en serio su labor estipulada en la Ley de Enjuciamiento Criminal.
Si a la tardanza de la Reforma del Baremo, siendo uno de sus objetos regular el LUCRO CESANTE, le añadimos la reciente Sentencia del Supremo del Magistrado XIOL RIOS precisamnte sobre el LUCRO CESANTE, no nos queda más que dar las gracias. Si gracias a todo ello, seguiremos con conflictos , seguiremos escribiendo y seguiremos con congresos, y todo a pesar de ese GRAN OLVIDADO " LA VICTIMA DE ACCIDENTE DE TRAFICO", por el cual algunos defendemos sus derechos a pesar de toda la perversión y fraude del sistema.