miércoles, 10 de marzo de 2010

INFORME SANIDAD FORENSE , PERLAS FORENSES

Como es de costumbre, con las modas, se vuelve a poner en los Informes Forenses :" estimamos que la sanidad descrita en los informes de las lesionadas arriba reseñadas se encuentran dentro de lo que se entiende un tiempo de curación o estabilización de las mencionadas lesiones en la valoración médico -forense, por otro lado, no es una condición preceptiva ni necesaria que el periodo de estabilización lesional coincida con el de la asistencia.."
Es decir, que si no tienes ganas de perder el tiempo puedes optar por retirar la denuncia con expresa impugnación del Informe de Sanidad Forense, con reserva expresa de la acción civil para evitar que el Juzgado te dicte el auto de cuantía máxima en función de dicho Informe Forense; o bien , solicitar la ASISTENCIA A JUICIO DE FALTAS DEL MEDICO ASISTENCIAL , mediante escrito y adjuntando la jurisprudencia existente que contradice lo indicado por el Médico Forense, para que le quede claro a Su Señoría amigo del médico forense y que lo que dice el Forense va a misa, y preguntarle al MEDICO ASISTENCIAL si su periodo asistencial ha sido innecesario, superfluo y contrario a la estabilidad lesional de la paciente y si el alta asistencial coincide con dicha estabilidad lesional