miércoles, 10 de marzo de 2010

INFORME SANIDAD FORENSE , PERLAS FORENSES

Como es de costumbre, con las modas, se vuelve a poner en los Informes Forenses :" estimamos que la sanidad descrita en los informes de las lesionadas arriba reseñadas se encuentran dentro de lo que se entiende un tiempo de curación o estabilización de las mencionadas lesiones en la valoración médico -forense, por otro lado, no es una condición preceptiva ni necesaria que el periodo de estabilización lesional coincida con el de la asistencia.."
Es decir, que si no tienes ganas de perder el tiempo puedes optar por retirar la denuncia con expresa impugnación del Informe de Sanidad Forense, con reserva expresa de la acción civil para evitar que el Juzgado te dicte el auto de cuantía máxima en función de dicho Informe Forense; o bien , solicitar la ASISTENCIA A JUICIO DE FALTAS DEL MEDICO ASISTENCIAL , mediante escrito y adjuntando la jurisprudencia existente que contradice lo indicado por el Médico Forense, para que le quede claro a Su Señoría amigo del médico forense y que lo que dice el Forense va a misa, y preguntarle al MEDICO ASISTENCIAL si su periodo asistencial ha sido innecesario, superfluo y contrario a la estabilidad lesional de la paciente y si el alta asistencial coincide con dicha estabilidad lesional

5 comentarios:

Abogados Indemnizaciones Bilbao dijo...

Muy interesante el blog, hasta ahora no habia aportado nada pero lo consulto mensualmente siempre que puedo.

Un saludo

IVAN VENTURA DIAZ dijo...

Gracias a todos los que en silencio consultan el blog, a mi me sirve de terapia escribir lo que padecemos los que nos dedicamos a esto de la responsabilidad civil, y decimos lo que politicamente incorrecto hay que contar

Abogasegur. Jesús dijo...

Me uno a tu terapia. Mañana tengo un juicio en el que el médico asistencial consideró necesario 174 días de tratamiento, y que quedaron lesiones serias de limitación de movilidad. Y el forense dice que sólo procede aplicar 75 días de los cuales 45 son impeditivos y un punto de secuela por agravación de patología previa. Vine a tu blog a buscar algún argumento o sentencia, pero creo que me voy a casa a llorar un rato.
La solución, mirar en que juzgado va a caer la denuncia, porque creo que todos sabemos qué forenses siguen esos criterios escandalosamente restrictivos. Saludos

IVAN VENTURA DIAZ dijo...

no escribo todas las soluciones que se me ocurren, si no , no tendría el carácter de sorpresa mis argumentaciones en juicio, llámame y te digo el truco

Abogados tráfico dijo...

Muy bueno su artículo. Muy interesante la información sobre el informe se sanidad forense.

La verdad es que tienes un blog muy interesante, me gustaría colaborar.

Saludos.