martes, 10 de junio de 2008

INFORMES MEDICOS-PERITOS MEDICOS Y PROTECCION DE DATOS

De entre muchas cosas que uno ve en los Juzgados sobre las historias clínicas, médicos asitenciales citados a juicio, e informes médicos de peritos, uno muchas veces se pregunta y prefiere no saber como está respecto a la PROTECCION DE DATOS.
Aquí colisionan la LEY DE CONTRATO DE SEGUROS, LA LEY DE AUTONOMIA DEL PACIENTE E INFORMACION MEDICA Y LA LEY DE PROTECCION DE DATOS Y SUS REGLAMENTOS.
Dada la complejidad de la materia, es interesante ver de vez en cuando las RESOLUCIONES de la AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION DE DATOS, y ponemos un ejemplo:
Una aseguradora médica no puede recabar sin su consentimiento datos médicos de sus asegurados. En el caso el paciente le facilita informes médicos al Médico externo de la entidad al que se le encarga realice un informe y éste no acredita el consentimiento del paciente para ceder dichos informes a la aseguradora. Distinto hubiese sido que el paciente le facilite los informes directamente a la entidad.
Procedimiento Nº PS/00331/2007 RESOLUCIÓN: R/00232/2008 En el procedimiento sancionador PS/00331/2007, instruido por la Agencia Española de Protección de Datos

FUNDAMENTO VIII “………..Continúa alegando que en cuanto a la cesión de los datos a la compañía de seguros, se produce una colisión de derechos: el de protección de datos y el derecho a que se comunique al asegurador la ocurrencia de un siniestro y/o las circunstancias que agraven el riesgo de un siniestro, derecho amparado por la Ley de Contratos. La propia LOPD establece que no se exigirá el consentimiento en el caso que una Ley disponga otra cosa. La comunicación de los datos pretendía obtener un beneficio para la paciente, protegiendo su salud.
La Póliza suscrita por la denunciante y la Ley de Contrato de Seguros obligan al asegurado a que comunique la ocurrencia de un siniestro y/o las circunstancias que agraven el riesgo de un siniestro, pero no al médico que trata a los pacientes. En consecuencia, no existe consentimiento de la afectada para la cesión de los datos de salud por parte del Dr. X.X.X. a la compañía aseguradora ni existe norma legal que habilite tal cesión…….”

No hay comentarios: