lunes, 30 de enero de 2012

DIAS DE BAJA VS MEDICO FORENSE VS TRAMITADORES DE COMPAÑIAS

En el año 2006 ante la disparidad de criterios Médico Forenses, me dedique a estudiar y publicar un artículo CRITERIOS DE VALORACION UTILIZADOS PARA CALCULAR LOS DIAS DE BAJA POR LOS MEDICOS FORENSES: CURACION VERSUS ESTABILIZACION VS CONSOLIDACIONComunicación finalista presentada en el 6º Congreso Nacional de la Asociación. Cáceres 2006 cuyo texto integro esta publicado en http://www.asociacionabogadosrcs.org. Durante estos años además de no perder actualidad dicho artículo, los médicos forenses siguen teniendo sus criterios según cada cual, la evolución ya no sólo judicial sino en tramitación de compañías de seguros pasa por varios criterios, a cual más pintoresco. Unos indicando que no se someten al Informe de Sanidad Forense y ofertan cantidad inferior, otros indicando que no aceptan, según su Perito médico, los días de baja firmados por el Médico y/o Inspector de la seguridad Social; la última tendencia es a ofertan según el tramitador los días de tratamiento efectuados en rehabilitación y certificados por el centro rehabilitador. Cada idea pintoresca choca con la más elemental confrontación a la legislación vigente y aún no derogada TABLA V.Indemnizaciones por incapacidad temporal del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
La indemnización por “incapacidad temporal” consiste en una cantidad que se genera “por los días que tarda ensanar la lesión” , punto segundo, apartado c), del Anexo.

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