domingo, 6 de septiembre de 2009

BAREMO INDEMNIZACIONES VICTIMAS DEL TERRORISMO

En el periódico EL MUNDO se publica una noticia el 19 de agosto, en relación a las quejas de las víctimas del terrorismo por la diferencia de las indemnizaciones concedidas. Además de indicar lo rídículo que es, dado el vacío legal y que se toma como referencia mayoritariamente, el Baremo de tráfico para cuantificar las indemnizaciones, y sobre la conveniencia o no de establecer un Baremo, se indica en el artículo una frase dicha por un cargo del Ministerio del Interior "..Fijar la responsabilidad civil es una función jurisdiccional que no puede invadir el Poder Legislativo...".
Ante esta REFLEXIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR uno se pregunta, ¿es que en España existen varios tipos de responsabilidades civiles y por eso para las indemnizaciones de accidentes de tráfico si puede intervenir el PODER LEGISLATIVO, pero para otras no?
Ni que decir tiene el secretismo conque se esta elaborando la modificación del llamada BAREMO DE TRAFICO y del que deparará sorpresas respecto a las secuelas por lesiones menores como así las llaman algunos, esto es la CERVICALGIA, etc... que es dodne se les va el dinero a las compañías de seguros, y seguramente la regulación del lucro cesante y otros apartados nuevos.
En definitiva que si las indemnizaciones para las VICTIMAS DEL TERRORISMO las pagasen las compañías de seguros, tendríamos baremo fijado por el PODER LEGISLATIVO , o no ?

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