lunes, 14 de abril de 2008

PERITO JUDICIAL Y PERITO DE SEGUROS 1.-

La figura del PERITO JUDICIAL, la persona como tal con título académico, no existe. Es decir, PERITO JUDICIAL, es el profesional titulado que aporta sus conocimientos sobre una materia y actúa como perito susceptible de ser designado en un procedimiento judicial para llevar a cabo una pericia, y una vez cumplimentada termina su función.Decimos esto, porque no en pocas ocasiones el cliente te dice que se ha presentado una persona diciendo que era el PERITO JUDICIAL y le exhibe incluso una "PLACA".Efectivamente si consultamos las paginas web de algunas asociaciones de PERITOS, te ofrecen una vez asociado, entre otras cosas una "PLACA IDENTIFICATIVA ".
El PERITO JUDICIAL cobra lo que quiere por adelantado, pocos Jueces en virtud de su facultad legal moderan previamente la provisión de fondos, y la calidad de las pericias deja mucho que desear, convirtiéndose en una suerte desconocida para el ciudadano, que acude a la administración de justicia, la calidad del informe pericial y la aptitud y actitud del Perito designado judicialmente.
Por otro lado, no menos escandaloso es el panorama actual de las "LISTAS DE PERITOS " que hay en los Juzgados de instancia, aquí cualquiera puede mandar una Lista, en vistud de lo indicado en la L.EC. de que todos los años los colegios y asociaciones mandarán etc... y luego el Secretario por sorteo designa a uno y a partir de ahí el resto saldrá correlativamente en los asuntos encomendados; que no existe ningún control ni de su cualificación, ni en que consiste su trabajo , ni el coste de su trabajo, etc... Con los PERITOS MEDICOS ocurre que se desconoce su titulación y especilidad médica, escudándose muchos de ellos en los cursos de VALORACION DEL DAÑO CORPORAL que dicho sea de paso no existe en la Ley de Especialidades Médicas.
No vamos a entrar en la reciente polémica de los MEDICOS FORENSES, y el intento de llamada por el COLEGIO DE MEDICOS a la Comisión de Deontología.
Ya lo dice la Ley, que el Juez es libre en la valoración de la prueba, incluso en la del MEDICO FORENSE, esto esta reconocido jurisprudencialmente por nuestro Tribunal Constitucional. La tendencia de los Jueces de Instrucción de que lo que dice el MEDICO FORENSE "va a misa" es el problema real de la falta de motivación de las Sentencias y de usar las coletillas de que el MEDICO FORENSE "es más imparcial , etc..etc.." frente los peritos de las partes. ¿Dónde esta regulado que las partes no puedan llevar a sus PERITOS MEDICOS?
Lo de PERITO DE SEGUROS, a falta de control administrativo, sólo existen determinados cursos homologados por UNESPA y APCAS.Pero los problemas en la designación de peritos por ejemplo para el trámite del art. 38 LEY DE CONTRATO DE SEGURO, y el resultado de sus Dictámenes, da para una tesis completa.
Este es el comienzo de un artículo en preparación, en el que se desgranaran todos los problemas actuales, de incipiente actualidad, dado que próximos congresos a nivel nacional van a tratar de este tema.

2 comentarios:

jaime dijo...

entre otras cosas dice usted que los peritos judiciales cobramos lo que nos da la gana. Pues bien solo una vez he necesitado los servicios de un abogado, para hacer testamento y lo que pretendio cobrarme era no abusibo si no mas bien, no se como calificarlo para no ofender. En todos sitios cuecen habas, pero mire sus minutas antes de hablar de los demas.

IVAN VENTURA DIAZ dijo...

Estimado Jaime, no se si alguna vez te han encargado una perita judicial y has pedido la provision de fondos en el juzgado.¿me puedes decir si ademas de pedir la provisión de fondo las has justificado?. Los peritos piden lo que quieren y Su Señoría acuerda que o pagas o te quedas sin pericial.¿alguna vez la parte ha podido decir no, no quiero ese perito que me pide mucha provision de fondos sin justificar y que designen a otro?Al contrario que los abogados que si no aceptas sus honorarios de provisión de fondos vas y eliges otro.Por lo tanto, tu comparación no es equitativa.Si el abogado te pidio algo abusivo,según tu criterio, ahí esta la libre comptencia,cambias y ya estáy te buscas uno que te cobre menos, pero OJO no es lo que te cobra es la cualificación del profesional, que si sabes que es bueno, le pagas con gusto lo que te pida, que no todos los peritos se sacan el titulo de perito y la placa por internet.En la fundamentada discrepancia esta la sabiduría gracias por participar